17 Abr Circular informativa 07/2020
Por empresas a las que tenemos el gusto de asesorar en materia jurídico-laboral, se nos viene formulando consultas respecto a la “”interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales””,que prevé el artículo 5º. del Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo.
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